Transparencia
Órgano Interno de Control y Autoridad Garante del INEGI
¿CÓMO SE APLICA?
Los sujetos obligados deberán cumplir con las obligaciones de transparencia y poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas e información señalados en el Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de conformidad con su artículo 56.
La información de las obligaciones de transparencia se encuentra disponible en el Portal de Transparencia del INEGI o bien, en la Plataforma Nacional de Transparencia.
| COMUNES DEL INEGI: | ESPECÍFICAS DEL INEGI Y DE SU AUTORIDAD GARANTE: |
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| Información básica común que permite conocer cómo funciona la institución y cómo utiliza los recursos públicos, garantizando un mínimo uniforme de transparencia. | Información particular que permite profundizar en su naturaleza y actividades específicas, asegurando un nivel más detallado de sus funciones. |
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Las obligaciones comunes son, de conformidad con el artículo 65 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública*:
*Lo anterior de conformidad con la Ley General de Transparencia y el Dictamen mediante el cual se aprueba la tabla de aplicabilidad para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia comunes y específicas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (disponible en https://ci.inegi.org.mx/media/Normateca/OTR/OTR221_27022026.pdf). |
Las obligaciones específicas del INEGI son, de conformidad con el artículo 70, fracción V de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública:
Asimismo, de conformidad con el artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las obligaciones específicas que la Autoridad Garante deberá poner a disposición del público y actualizar son:
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¿CÓMO SE GARANTIZA?
A través de las verificaciones de las obligaciones de transparencia (por decisión de la autoridad), o bien de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia (a petición de parte).
VERIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA:
DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA:
Cualquier persona podrá denunciar ante las Autoridades garantes la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 63 a 80 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables, en sus respectivos ámbitos de competencia, de acuerdo con su artículo 88.
La denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia deberá cumplir, al menos, los siguientes requisitos:
- Nombre del sujeto obligado denunciado;
- Descripción clara y precisa del incumplimiento denunciado;
- La persona denunciante podrá adjuntar los medios de prueba que estime necesarios para respaldar el incumplimiento denunciado;
- Si se presenta por escrito, señalar domicilio o dirección de correo electrónico para recibir notificaciones; si es por medios electrónicos, se entenderá que se acepta que las notificaciones se efectúen por el mismo medio; y, si no señala ninguna, por estrados físicos de la Autoridad garante competente; y
- Opcionalmente el nombre de la persona denunciante.
(Artículo 90 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública).